Funciones1. Establecer la formulación, dirección, desarrollo y ejecución de las políticas que, en materia de Tránsito y Transportes, deba desarrollar el municipio para ejecutarlas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el ejecutivo con base en las normas y leyes vigentes.
2. Planear, dirigir, organizar, vigilar y controlar las actividades, planes, programas y proyectos de tránsito y transportes, transporte público, regulación del tránsito y educación vial en el municipio, cumplir y hacer cumplir las disposiciones y normas legales vigentes, velar por su estricto cumplimiento e imponer las sanciones a los contraventores.
3. Coordinar la proyección, dentro del área de su competencia, de los reglamentos de tránsito para la circulación de vehículos y peatones, indispensables para el cumplimiento de las normas superiores, conforme al Código Nacional de Tránsito Terrestre, y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen, normas reglamentarias, acuerdos y disposiciones en materia transportadora.
4. Determinar de acuerdo a las disposiciones vigentes las tarifas del servicio público de transporte urbano y suburbano de pasajeros y mixto.
5. Efectuar seguimiento a las actividades e informes de las interventorías externas y avances de las concesiones suscritas para la administración de servicios de tránsito, semaforización y señalización en el municipio.
6. Otorgar, modificar, negar, revocar, cancelar y declarar nulas las licencias para el funcionamiento de empresas de transporte público, urbano y suburbano, de pasajeros mixto.
7. Aplicar las sanciones a las empresas de transporte público cuando violen las normas de tránsito vigentes, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.
8. Establecer las zonas de estacionamiento, zonas peatonales, ciclo vías, cargue y descargue, paraderos de vehículos de transporte colectivo urbano, zonas escolares y zonas de prohibido parqueo.
9. Autorizar las constituciones de personas jurídicas prestantes del servicio de transporte público, urbano, de pasajeros y mixto.
10. Promover la educación vial en el municipio para generar una cultura de respeto a las normas de tránsito a transportadores, conductores y peatones.
11. Dirigir estudios técnicos para determinar alternativas viales, puentes, glorietas, capacidad vial y volúmenes de tráfico, etc.
12. Asesorar, proyectar, dirigir, coordinar y adelantar las investigaciones a las empresas prestadoras del servicio de transporte e imposición de las sanciones que ameriten.
13. Expedir normas para la reglamentación del funcionamiento de parqueaderos, talleres, zonas de cargue y descargue, estaciones de servicios. Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
14. Participar conjuntamente con las dependencias de la administración central competentes en la elaboración del Presupuesto Anual de la dependencia, articulándolo con los planes estratégicos y de acción establecidos.
15. Conocer de las contravenciones de tránsito y transporte y aplicar las medidas preventivas en los términos de ley.
16. Llevar control y presentar informes sobre las actividades desarrolladas en el ejercicio de su profesión y su gestión en la dependencia, al alcalde, al concejo, entes de control, instancia o autoridad correspondiente, cuando se le requiera, en los términos y fechas establecidos a fin de facilitar el acceso a la información relacionada con sus actividades.
17. Asistir por derecho propio a los Consejos de Gobierno, o por delegación a juntas, comités, reuniones y demás actividades en que tenga representación el municipio en el área de su competencia.
18. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.